A- de 2023
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Natalia Ángel Cabo
✓Claimant Sanguña Triviño Diana Milena·Respondent Administradora De Los Recursos Del Sistema General De Seguridad Adres
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Reclamaciones de indemnización por muerte y gastos funerarios a causa de accidente de tránsito ocasionado por vehículo sin póliza de SOAT
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Bogotá D.C., y el Juzgado Cuarto Administrativo del Circuito de la misma ciudad.
Dicha controversia se originó respecto a la competencia para conocer el proceso ordinario laboral promovido por los dos ciudadanos en contra de la ADRES, para que se declare que la demandada, como administradora de los recursos de la Subcuenta Ecat (antes FOSYGA), es responsable del pago de la indemnización por muerte y gastos funerarios, por el fallecimiento de una niña en un accidente de tránsito que involucró un vehículo que no contaba con el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) vigente.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un verdadero conflicto de jurisdicciones, la Corte reiteró la regla de decisión fijada en el Auto 817 de 2022, según la cual, corresponde a la jurisdicción ordinaria, en su especialidad laboral y de la seguridad social, conocer de las demandas: (i) presentadas por quienes alegan su condición de beneficiarios de la víctima, que falleció como consecuencia de un accidente de tránsito presuntamente ocasionado por un vehículo sin póliza de SOAT; y (ii) que pretenden reclamar ante la Subcuenta ECAT del FOSYGA (actualmente a cargo de la ADRES) la indemnización por muerte y gastos funerarios.
Lo anterior, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 2.4 del CPTSS, 12 de la Ley 270 de 1996 y 15 del CGP.
En tales términos, la Sala Plena concluye que la autoridad judicial competente para conocer la demanda es el Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Bogotá D.C., y, por lo tanto, ordenará remitirle el expediente para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (7 points)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de entre el Juzgado
- Tercero. Laboral del Circuito de Bogotá D.C., y el Juzgado
- Cuarto. Administrativo del Circuito de Bogotá D.C., en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
- Tercero. Laboral del Circuito de Bogotá D.C., es la autoridad competente para conocer la demanda promovida por los señores Diana Milena Sanguña Triviño y Hover Arturo Riaños Urquijo en contra de la ADRES.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-2856 al Juzgado
- Tercero. Laboral del Circuito de Bogotá D.C., para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado
- Cuarto. Administrativo del Circuito de Bogotá D.C.,
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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